Ordenanza Nº 1202/14 aprobada en Sesión Ordinaria el 25/11/14, en la que se prohíbe la comercialización, tenencia, uso y manipulación de las BOMBAS DE ESTRUENDO – denominadas comúnmente como “bombas cebollas y/o bomba con mortero” - en la ciudad de Leones.-
VISTO
La necesidad de prohibir el uso, la manipulación, la distribución y venta de las conocidas Bombas de Estruendo en la ciudad de Leones.
CONSIDERANDO
Que en los últimos tiempos ha crecido la tenencia en la ciudad de realizar determinados festejos deportivos, acontecimientos sociales y privados, arrojando bombas de estruendo.
Que es conocido el impacto negativo que la utilización de dichos elementos produce en el ambiente, los animales y las personas, especialmente la molestia a los vecinos que no compartes el tipo de festejo o se encuentran enfermos; así como también el año que se produce en animales domésticos que se pierden y sufren.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE LEONES
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 1202/14
ART.1º: PROHIBASE la comercialización, tenencia, uso y manipulación de las denominadas BOMBAS DE ESTRUENDO – denominadas comúnmente como “bombas cebollas y/o bomba con mortero” - en la ciudad de Leones.
ART. 2º DISPONGASE como autoridad de control de la presente ordenanza a la Dirección de Tránsito y Espectáculos Públicos de la Municipalidad de Leones y como autoridad de aplicación al Juzgado de Faltas Municipal.
ART. 3º: LAS infracciones a la presente ordenanza serán penadas con multas cuyos valores se establecen desde 100 UF hasta 300 UF, duplicándose en caso de reincidencia.
ART. 4º: DISPONGASE que para el supuesto de que el infractor sea un comercio, además de las multas previstas en el artículo anterior podrá disponerse la clausura del mismo, desde un día hasta un máximo de treinta días.
ART. 5º: DISPONGASE una amplia difusión de la presente ordenanza.
ART. 6º: DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LEONES A VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
DRA. INGRID C. GRASSO- VICE PRESIDENTE 1º
A/C PRESIDENCIA DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LEONES
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PRONÓSTICO DEL TIEMPO EXTENDIDO
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